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Cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas

    Normas     Las Normas Oficiales Mexicanas de Salud          menores a 10 µm (PM ) y partículas menores a 2.5
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          Ambiental (NOM), establecen los límites máximos
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          permisibles para la protección de la salud pública    µm (PM ). En el caso de las PM el valor del indi-
                                                                               3
          contra los daños ocasionados por la contami-          120 a 75µg/m , mientras que el promedio anual
          nación. Su creación, revisión y actualización es      pasó de 50 a 40 µg/m . En el caso de PM      2.5  el
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          competencia de la Secretaría de Salud del Gobier-     indicador para el promedio de 24 horas se redujo
          no Federal. Los límites se definen de acuerdo a la    de 60 a 45 µg/m , mientras que el valor para el
                                                                                  3
          evidencia científica sobre los efectos de la con-     promedio anual pasó de 15 a 12 µg/m .
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          taminación en la salud humana.                            Es importante destacar que la participación
               En los últimos años se han realizado impor-      de la sociedad en la política ambiental de la ciu-
          tantes esfuerzos para la actualización de la norma-   dad es primordial, para ello es necesaria una cul-
          tividad ambiental, acompañados de un creciente        tura ambiental sólida. La educación ambiental es
          interés de parte de la sociedad en los procesos de    fundamental para difundir el conocimiento sobre
          revisión. El cambio en las políticas de acceso a los  losproblemasyretosambientales,analizados con
          datos, el desarrollo de herramientas para la di-      diferentes ópticas, que incluyan no sólo los aspec-
          fusión, análisis e intercambio de información y el    tos técnicos sino también los problemas sociales
          uso de las redes sociales como espacio de dis-        asociados al deterioro ambiental. Esto permitirá
          cusión,hanpermitidoqueunnúmerocrecientede             construir un diálogo positivo con una discusión
          ciudadanos se interese en el tema de la contami-      objetiva entre gobierno y sociedad.
          nación del aire, sus efectos y situación actual en las    La revisión de la norma de ozono se publicó
          grandes ciudades. Esto ha provocado una deman-        en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de
          da ciudadana de más y mejor información,              agosto de 2014 con la denominación NOM-020-
          además de la exigencia de normatividad actua-         SSA1-2014. Mientras que la norma de partículas
          lizada. Si bien, el problema de la degradación de     se publicó en el DOF el 20 de agosto de 2014 con
          la calidad del aire es un tema complejo desde va-     la denominación NOM-025-SSA1-2014. Ambas
          rios puntos de vista, es fundamental reconocer la     normas entraron en vigor 60 días después de su
          corresponsabilidad de la sociedad en la gene-         publicación.
          ración de contaminantes e incorporar la partici-          En esta sección se analizan los datos de la
          pación ciudadana en la construcción de planes y       concentración de los contaminantes del aire con
          acciones, así como en su implementación.              respecto a las NOM. Con propósitos compara-
               En 2014 se observó un fenómeno único en el       tivos se analizan también los indicadores de la
          que la exigencia ciudadana motivó a las autori-       Agencia de Protección Ambiental de los Estados
          dades de salud a una inmediata revisión y actua-      Unidos (U. S. EPA, por sus siglas en inglés), y de la
          lización de las Normas Oficiales Mexicanas para       guía de la Organización Mundial de la Salud
          ozono y partículas suspendidas. El resultado de       (OMS). Debido a que las revisiones a las normas
          esta revisión fue la disminución de las concentra-    entraron en vigor en los últimos meses del año y su
          ciones establecidas para los límites permisibles de   aplicación no es retroactiva, con el propósito de
          ambos contaminantes. En el caso del ozono el          realizar un análisis consistente, se aplicaron los va-
          valor límite para el promedio horario pasó de 110     lores de la norma anterior, la cual estuvo vigente
          a 95 ppb, mientras que el valor del promedio de       la mayor parte del año.
          8 horas se modificó de 80 a 70 ppb. En el caso de         En las Tablas 1.2 a 1.9 se presentan los resul-
          partículas se eliminó el indicador utilizado para las  tados para cada contaminante. En cada una de
          partículas suspendidas totales (PST) y dismi-         ellas se indica en color rojo cuando la concen-
          nuyeron los valores límite de las partículas          tración supera los límites permisibles.




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